Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

19 Con respecto a la jerarquía de las fuentes establecidas en el artículo 38 del estatuto de la corte internacional de justicia, surge la duda si la enumeración de las fuentes constituye un orden que determina la autoridad sustancial de cada una de ellas, y por tanto su supremacía. 1.1.3. CLASIFICACION DEL DERECHO INTERNACIONAL Existe la tradicional división del derecho internacional dada por la mayoría de los tratadistas, es la siguiente: El derecho internacional público es un sistema separado de leyes y no debe confundirse con el derecho internacional privado. Existe un número de ramas del derecho internacional público que corresponden a áreas en donde los Estados han decidido que se requiere regulación. Por ejemplo, la preocupación internacional sobre el uso y explotación del medio ambiente ha llevado a la creación de una rama del derecho internacional llamada “derecho ambiental internacional”, que regula la conducta de los Estados en relación a la contaminación y al uso de los recursos naturales. Otras ramas del derecho internacional regulan áreas como el comercio, aire y espacio, guerra, propiedad intelectual, y los océanos 8 . Es en esta división donde encontramos al Derecho de Integración que a su vez tiene como rama fundamental al Derecho Comunitario. El derecho internacional privado se refiere a conflictos entre sistemas legales diferentes. Tiene que ver con los casos dentro de los sistemas legales particulares cuando contienen elementos externos y surgen preguntas sobre la aplicación del derecho extranjero o el papel de una corte extranjera. El derecho internacional privado a menudo está relacionado con 8 ALARCON, Ledesma Pablo. “Lecciones de Derecho Internacional Público”, compilación de apuntes Universidad Católica Boliviana, unidad educativa La Paz, 2007

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