Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
137 La integración tiene niveles, y cada nivel posee ciertos pasos y cada paso es un proceso, estos procesos deben ser graduales, es decir, poco a poco se tienen que abarcar temas específicos para poder ascender en la integración. - Respeto a los principios del Derecho comunitario Una vez asumido el reto, de traspasar cierta parte de la soberanía del Estado Boliviano, acompañado de sus respectivas competencias, en temas específicos, a los órganos supraestatales, corresponde ahora hacer prevalecer el respeto a los principios del Derecho comunitario por la normativa interna. Las directivas, directrices, resoluciones, en sí, toda norma emanada del órgano supraestatal sobre los temas específicos, por los cuales se ha transferido cierta parte de la soberanía, tienes que estar dotadas del Efecto directo, es decir, que estas normas no necesitan de un previo proceso de derecho interno para su internalización en el ordenamiento jurídico boliviano. Así mismo esta norma derivada de derecho comunitario, obedeciendo al mandato constitucional establecido en el Art. 410 de la NCPE, tiene carácter constitucional, estableciéndose así, el principio de la primacía de las normas de derecho comunitario. Por otra parte, la norma comunitaria debe estar caracterizada, de preeminencia, es decir que ante la posible contrariedad con una norma de derecho interno, la comunitaria se aplicará con preferencia a la interna. En cuanto a la operatividad de la norma comunitaria obedeciendo y respetando este principio, tiene que ser de aplicación inmediata, y de
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