Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
51 sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada19 en las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones”. 101 La participación de las poblaciones y “pueblos indígenas en las decisiones sobre la realización de proyectos extractivos” 102 , que los afecten, no se impulsa ni se promueve, puesto que persiste la idea de que las industrias extractivas son de necesidad pública y corresponden al interés general, y, por ello, una población local o regional o una comunidad no puede decidir sobre ellas, porque se trata de actividades que benefician a todos los ciudadanos, y sólo algunos no pueden decidir sobre ello. Las actividades extractivas (en la mayoría de los casos, grandes proyectos de desarrollo), que se llevan a cabo en tierras indígenas, originan muchas veces que las comunidades locales y los pueblos indígenas afectados, sufran profundos cambios sociales y económicos que afectan inevitablemente a las condiciones de vida, que, a menudo, las autoridades competentes son incapaces de comprender y mucho menos de prever. A veces los efectos serán beneficiosos, muy a menudo devastadores, pero nunca desdeñables. 103 Los pueblos indígenas soportan de manera desproporcionada los costos impuestos por las industrias extractivas (minería, petróleo y gas) y consumidoras de recursos, las grandes represas y otros proyectos de infraestructura, la tala y las plantaciones, la prospección biológica, la pesca y la agricultura industriales, y también el ecoturismo y los proyectos de conservación. Las principales repercusiones de estos proyectos en los derechos humanos de los pueblos indígenas están relacionadas con la pérdida de la tierra y los territorios tradicionales, el desalojo, la migración y el reasentamiento, el agotamiento de los recursos necesarios para la supervivencia física y cultural, la destrucción y contaminación del medioambiente tradicional, la desorganización social y 101 Consejo de los pueblos del occidente (CPO) El Derecho de Consulta de los Pueblos Indígenas en Guatemala, la ruptura entre el discurso y la práctica, San Marcos-Guatemala, 2010, p. 14. 102 CIDSE : Derecho a la participación y a la consulta previa en Latino América: Op. Cit., p. 88. 103 Ibid., p. 86.
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