Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
43 La humanidad paulatinamente fue desarrollando su rechazo a la discriminación o desigualdad por razón de género; progresando y proclamando la igualdad con la aplicación de instrumentos jurídicos internacionales que respalden esta postura, el cual está demostrado en la elaboración de la Declaración de los Derechos Humanos de Nueva York en 1966 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en San José de Costa Rica de 1969. Sin embargo, la que expone claramente el rechazo a las desigualdades por razón de género es la Asamblea General de las Naciones Unidas, que adoptó la “Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación de la Mujer” el 7 de Noviembre de 1967, donde fueron aprobados los derechos políticos de las mujeres. Esta Declaración, proclama en su Artículo 1º, que “la discriminación contra la mujer, por cuanto niega y limita su igualdad de derechos con el hombre, es fundamentalmente injusta y constituye una ofensa a la dignidad humana”. El Art. 7º estatuye que “todas las disposiciones de los códigos penales internos de cualquier país del mundo, que constituyan una discriminación contra la mujer serán derogados”. En relación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, llamada “Pacto de San José de Costa Rica”, ratificada por Bolivia en fecha 11 de Febrero de 1993, suscrita en San José de Costa Rica el 22 de Noviembre de 1969, es meritorio destacar que es un auténtico instrumento de protección en nuestro continente, sobre los derechos de todo ser humano. Allí se hace un profundo hincapié en la igualdad ante cualquier diferencia, tal y como lo consagra nuestra Constitución. El Art. 17 del Pacto de San José de Costa Rica, encomienda a los Estados americanos a proteger la estructura familiar, proclamando que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado.
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