Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
89 Las medidas dispuestas por las legislaciones de los distintos países son: Medidas cautelares: Argentina y Bolivia Medidas precautorias: Chile Medidas de protección: Paraguay Medidas de autosatisfactivas: España Según las legislaciones de violencia familiar de los distintos países estudiados, podemos apreciar que en España, Chile y Paraguay establecen sanciones más severas en el que se castiga al agresor hasta dos años de prisión por violencia en la familia y como medidas de seguridad para beneficio de la víctima hasta cinco años; a excepción de Argentina que no castiga severamente al agresor y establece como sanción máxima: medidas de seguridad y terapia psicológica, ya que según el legislador argentino, considera que más que leyes punitivas, en el caso específico de la violencia familiar, es necesario contar con una fuente de recursos humanos especializados en el problema. Con la intención, de reformar al sujeto forjador de violencia, para que no hostigue a su propia familia, en base a programas educativos y tratamientos psicológicos que reviertan esta conducta y auxiliar a las víctimas de violencia, para conseguir en ellas la superación del problema, y su reinserción en la sociedad. Se ha llegado a comprobar según el estudio del marco normativo de los diferentes países asimilados, en sus legislaciones promulgadas y aplicables, logrando avances considerables en esta temática, los cuales han conseguido concientizar a la población de las repercusiones negativas y dañinas de la violencia intrafamiliar en el seno de la familia. Por lo que se puede apreciar la imperiosa necesidad de modificar las sanciones existentes en la actualidad en la Ley de Violencia familiar y Doméstica 1674, las cuales han resultado ser muy benevolentes para el agresor, que hoy en día le restan importancia y en muchos casos obtienen soluciones extra-judiciales en desmedro de la salud física y emocional de la familia, puesto que con la
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