Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

81 antecedentes penales, impidiendo así un nuevo proceso penal por el mismo hecho. • De lo anterior expuesto se evidencia claramente que el Representante del Ministerio Público vulnera la competencia jurisdiccional otorgada por el Estado a los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial ya que solo ellos tienen la potestad de concluir el proceso. Y no así el Ministerio Público. • De acuerdo al procedimiento para dictar el sobreseimiento en los países estudiados en el capítulo anterior se evidencia claramente que en Bolivia el Ministerio Público cumple una doble función la de investigar y juzgar ya que al decretar la resolución conclusiva fiscal de sobreseimiento el fiscal da por concluido el proceso, teniendo así esta resolución mucha similitud con la sentencia absolutoria. Siendo muy distinto el procedimiento en los países estudiados en los cuáles el fiscal solicita al juez el sobreseimiento y este de acuerdo a la fundamentación que el fiscal realice y analizando los elementos de prueba admite o rechaza el sobreseimiento, en caso de aceptar el sobreseimiento es la autoridad jurisdiccional oséa el juez el encargado de suspender las medidas impuestas y de concluir el proceso. • Es importante mencionar que en Bolivia no se encuentra establecida la figura de algún recurso de apelación en cuanto a la resolución del sobreseimiento, la víctima lo que puede realizar es una impugnación, aclarando que la impugnación realizada por la víctima es ante el Ministerio Público al fiscal de distrito concretamente. Sin embargo en los países estudiados en el capítulo anterior de la presente tesis se evidencia que la resolución además de ser decretada por el juez, admite recurso de apelación, dando así conformidad a la víctima.

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