Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

80 • En el transcurso de las investigaciones el fiscal al no encontrar suficientes elementos probatorios para fundamentar su acusación decreta resolución conclusiva fiscal de sobreseimiento. • Dicha resolución al ser decretada dispone el levantamiento de las medidas cautelares al imputado, dictadas por el juez instructor así como la cancelación de sus antecedentes penales y el archivo de obrados de la causa. • La resolución conclusiva de sobreseimiento es presentada después de dictarla ante el Juez Instructor Penal para informar a éste que se dictó sobreseimiento a favor del imputado, ordenando al Juez Instructor levante las medidas cautelares, proceda a la cancelación de los antecedentes penales y al archivo de obrados. • Cabe recalcar que el fiscal solo informa al juez instructor del sobreseimiento decretado, quedando el juez obligado a levantar las medidas cautelares, la cancelación de antecedentes penales y el archivo de obrados de la causa. • El juez dispone las medidas cautelares a requerimiento del fiscal de materia en la imputación y el fiscal al decretar la resolución conclusiva de sobreseimiento las levanta, concluyendo así el proceso. • En el caso de que la resolución de sobreseimiento sea impugnada o de oficio al no existir querellante, el fiscal de materia remite los antecedentes al fiscal de distrito para que se pronuncie si revoca la resolución intima la fiscal inferior que acuse, si lo ratifica de la misma forma vulnera competencias jurisdiccionales otorgadas únicamente a los órganos del poder judicial ya que el fiscal de distrito al ratificarlo dispone la cesación de medidas cautelares y la cancelación de los

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw