Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

60 pudiendo ser el sobreseimiento firme, no aceptando ningún recurso y provisional con posibilidad de revisión admitiendo nuevas pruebas. En Bolivia la institución que se encarga de la investigación de los hechos es el Ministerio Público, este órgano no forma parte del poder judicial. El encargado de realizar el control jurisdiccional es el juez de instrucción penal cautelar, empero esta resolución fiscal de sobreseimiento decretada por el fiscal no se somete al control jurisdiccional ya que al ser decretado el sobreseimiento el Ministerio Público solo notifica al juez con la resolución y el juez tiene que levantar las medidas impuestas al imputado, es así que esta resolución no admite recurso de apelación sino solo una simple impugnación ante el fiscal de distrito y este al ratificar concluye el proceso, llegando así a generar inseguridad jurídica para la víctima. De forma general y para establecer la diferencia que existe en el procedimiento para dictar el sobreseimiento entre Bolivia y los países estudiados en la presente investigación es que se realiza el cuadro comparativo Nº 1 en el que se evidencia que Bolivia es el único país en el que la facultad para decretar el sobreseimiento la tiene el fiscal, ya que en Venezuela, Costa Rica, Argentina, Guatemala, el fiscal solicita el sobreseimiento al juez de la causa y éste es el que decreta el sobreseimiento.

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