Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

50 CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA JURISDICCIONAL PARA DICTAR EL SOBRESEIMIENTO EN EL DERECHO COMPARADO Y EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL La aplicación de un nuevo modelo de juzgamiento hoy llamado modelo acusatorio no implicaba el destruir el anterior sistema denominado inquisidor que para su época fue un avance trascendental para el derecho penal, en ello debe como investigador tratar de acercarse en los términos menos divergentes cuando se menciona al proceso acusador de nuestro tiempo como uno de los mejores y más adelantados, porque lo que importa para el derecho no es el uno ni el otro sino la riqueza de ambos en su momento en la búsqueda del Estado de Derecho, por ello si se tiene el proceso acusador no significa que éste en su totalidad proteja los derechos del imputado o que preste un debido proceso, lo importante de la legislación comparada es ver en su aplicación cuál de ellos favorece y cuál de ellos se aplica en defensa de los derechos humanos y si en comparación con la legislación boliviana se necesita hacer nuevos cambios. Por ello se analizará a los procedimientos más notados de Latinoamérica incluido por su influencia en el juzgamiento oportuno. Por otro lado es bueno mencionar que este devenir fue a principio de los años noventa donde se comenzó a gestar los movimientos de defensa de los derechos humanos de los presos políticos y de aquellos que siendo detenidos eran sometidos a crueldades y torturas. Dicho movimiento culminó con emerger con uno de los grandes avances de modernidad en el proceso de juzgamiento. En lo que se refiere al procedimiento para dictar el sobreseimiento se analizarán las normas de Argentina, Venezuela, Costa Rica y Guatemala por ser los primeros códigos de procedimiento penal en Latinoamérica que

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