Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
48 acto jurisdiccional alguno, todo en el marco establecido en la previsión del Art. 279 CPP”. • Declaración Constitucional 80 (…) en el sistema constitucional boliviano, el Poder Judicial se ejerce por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Tribunal Constitucional, las Cortes Superiores del Distrito, los tribunales y jueces de instancia y demás tribunales y juzgados que establece la ley, así lo dispone el Art. 116 de la CPE; de manera que la facultad de juzgar en la vía ordinaria, contenciosa y contencioso-administrativa y la de hacer ejecutar lo juzgado corresponde a la Corte Suprema y a los Tribunales y jueces respectivos, bajo el principio de unidad jurisdiccional. • Sentencia Constitucional 81 (…) “el Poder Constituyente, a través de las normas previstas en la Constitución, ha asignado a cada uno de los tres poderes del Estado funciones y potestades específicas, delimitando claramente sus ámbitos de competencias. Así, al Poder Legislativo le ha asignado la potestad legislativa, de control y fiscalización; al Poder Ejecutivo la potestad reglamentaria, administrativa y ejecutiva; y, al Poder Judicial la potestad jurisdiccional. En cuanto al objeto de estudio, la jurisprudencia boliviana establece que en el sistema penal actual rige el principio acusatorio, asimismo, hace la diferencia entre la función del juez que es la de juzgar y ejecutar lo juzgado y la del fiscal que es solo la de investigar y no así la de concluir el proceso. 80 Tribunal Constitucional de Bolivia: Declaración Constitucional 0001/2006. [on-line]. Disponible en la Pág. Web. <http://www.tribunalconstitucional.gob.bo/resolucion13378.html > (Consultado 10/12/09). 81 Tribunal Constitucional de Bolivia: Sentencia Constitucional 0491/2003. [on-line]. Disponible en la Pág. Web. < http://www.tribunalconstitucional.gob.bo/resolucion6618.html > (Consultado 10/12/09).
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