Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
27 conocimiento en el caso de un mismo delito, entonces se presenta un conflicto negativo. Los conflictos de competencia son los que pueden plantearse entre juzgados y tribunales de distintas órdenes jurisdiccionales integradas en el Poder Judicial organización, es decir, entre los órdenes civil, laboral, contencioso- administrativo, y penal. Por último las cuestiones de competencia pueden planearse entre juzgados y tribunales de un mismo orden jurisdiccional 43 . (AROCA, 2004,223) Ezpinoza Carballo, se refiere al conflicto de competencia de la siguiente forma: “Es la contienda que se suscita entre dos juzgados o tribunales de igual o desigual jurisdicción, sobre el cual corresponde el conocimiento de un asunto” 44 . 1.5. EL SOBRESEIMIENTO Cabanellas, define la palabra sobreseer como “Desistir de un propósito, cesar la instrucción de un sumario, abandonar un empeño, suspender el procedimiento” 45 . A diferencia del ordenamiento jurídico español que establece dos tipos de sobreseimiento, que dicta, el juez instructor; el juez instructor; en Bolivia es una resolución fiscal la que pone punto final a la etapa preparatoria del juicio oral y público y por ende, a la prosecución penal. 46 (HERRERA, 2007,364) 43 Juan MONTERO AROCA; Alberto REDONDO MONTON; Juan Luís GOMEZ COLOMER, Y Silvia BARONA VILAR: Derecho Jurisdiccional. 13ª. ed. Tirant lo Blanch. Valencia-España 2004. p. 223. 44 Clemente EZPINOZA CARBALLO: Código de Procedimiento Penal (Anotaciones y Concordancias). Talleres Gráficos Alexander. Buenos Aires-Argentina. 1995. p. 289. 45 Guillermo CABANELLAS: Diccionario Enciclopédico de Derecho Usuario. T. VI. 14ª. ed. Heliasta. Buenos Aires-Argentina. 1980. p. 200. 46 William, HERRERA AÑEZ: El Proceso Penal Boliviano. Kipus. Cochabamba-Bolivia. 2007. p. 364.
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