Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

94 dictó, la cesación de las medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes penales. El sobreseimiento no impugnado o el ratificado impedirán un proceso penal por el mismo hecho. • Es importante aclarar que el órgano jurisdiccional a través de los jueces o tribunales forman parte del poder judicial y es el único encargado de concluir el proceso, por su parte el Ministerio Público cumple únicamente la función de investigar, sin embargo, en el caso de investigación el Ministerio Público va más allá de sus funciones disponiendo fallos que son de resorte exclusivo del órgano jurisdiccional. 3. De acuerdo al Derecho Comparado : • En cuanto al análisis de las legislaciones de Argentina, Venezuela, Costa Rica, Guatemala, y Bolivia en lo se refiere al procedimiento para dictar el sobreseimiento se puede evidenciar que el Código de Procedimiento Penal de Bolivia es el único que confiere al Ministerio Público la atribución de decretar el sobreseimiento, ya que en los países antes mencionados el sobreseimiento es requerido por el fiscal ante el juez de la instrucción y éste decreta el sobreseimiento. De esta forma esta resolución queda investida de jurisdicción ya que al ser requerida por el fiscal y decretada por el juez esta se somete al control jurisdiccional. • El sobreseimiento de acuerdo a la doctrina y legislación comparada es el pronunciamiento jurisdiccional que impide definitiva o provisionalmente la acusación o el plenario en consideración a causales de naturaleza sustancial y constituye una decisión en forma de auto, acto por el cual el juez declara no haber lugar, provisoria o

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