Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

92 que corresponde exclusivamente al Estado y se ejerce por medio de los juzgados y tribunales determinados por ley. • La función judicial es única y los órganos penales investidos de jurisdicción son: Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales Departamentales de Justicia, Tribunales y Jueces de Sentencia, Jueces de Instrucción y los Jueces de Ejecución Penal. • El derecho jurisdiccional es el derecho del Poder Judicial ya que la jurisdicción en cierto modo crea derecho. En efecto, el legislativo dicta la norma, conforme a las tendencias sociales que se recogen en el parlamento, y el Poder Judicial la aplica, la individualiza para el caso concreto. • La competencia es la facultad que tiene un tribunal o un juez para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto, emerge de disposiciones legales expresas y su ejercicio incumbe al orden público, es improrrogable y se rige por las reglas de su ley orgánica. El tribunal o juez que sea competente para conocer de un proceso penal, lo será también para decidir todas las cuestiones e incidentes que se susciten en el curso de su tramitación, así como para dictar sus resoluciones y ejecutar las mismas. • El sobreseimiento en Bolivia es una resolución fundamentada del fiscal que dicta en forma de auto y cierra la investigación o pone fin al proceso, impidiendo la reapertura del caso, consecuentemente, libera al imputado de toda responsabilidad penal y el levantamiento de todas las restricciones impuestas por el juez instructor, sin perjuicio que la víctima reclame el resarcimiento del daño en la vía civil.

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