Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
52 El artículo 75 del C.P.P. señala que el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), es una institución autónoma dependiente financiera y administrativamente de la Fiscalía General del Estado, es el encargado de realizar los estudios técnicos-científicos por peritos especializados a los indicios y/o evidencias, que así lo requieran mediante una orden judicial emitida por el fiscal asignado al caso. Este debe convertirse en el auxiliar técnico-científico más importante para la justicia. Su objetivo es el de realizar trabajos técnicos-científicos para lograr el esclarecimiento de los delitos; los estudios que este realizan son de los mas variados que van desde: estudio comparativo de pelos (piloscopía), análisis de residuos de disparos en mano mediante espectrometría de absorción atómica, análisis forense de pintura, et c 95 Los peritos que trabajan en el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), serán designados por concurso de meritos para que la población tenga mayor seguridad de que estos son personas capacitadas e idóneas en el área designada de trabajo. Si es que personal activo de la policía cumple con el cargo de perito, no impide que cumpla sus funciones dentro de estas. . La creación del (IDIF), constituye una necesidad por parte del personal de la policía ya que esta debería contar con todos los medios para realizar estos estudios de acorde al mundo globalizado 96 La policía es la encargada de la protección del lugar del hech o . 97 95 Clemente, ESPINOZA CARBALLO: Código de Procedimiento Penal. 3ª. ed. El País. Santa Cruz de la Sierra – Bolivia. 2007. p. 104. el cual puede ser una casa, un parque una vía publica entre otra; así como también del registro del lugar y de los objetos encontrados en este que tengan relación con el delito para esto la policía debe contar con el material 96 Ibidem. 97 Artículo 174 C.P.P.
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