Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
48 2.1.2. Artículo 225º Constitucional boliviano, literal I En la Constitución Política del Estado de 1995, el Art. 124 estipulaba las tareas fundamentales del Ministerio Público, en la nueva Constitución del año 2009, es el Art. 225 literal I, la que los indica. El Ministerio Público es una entidad que pertenece al Estado Boliviano, dependiente de la Fiscalía General del Estado, el cual es único que ejerce sus funciones a través de los fiscales, su objetivo principal es el de defender los intereses generales de la sociedad. 2.1.3. Artículo 251º Constitucional boliviano, literal I) La Constitución Política del Estado de 1995, en su Art. 215 literal I y en la nueva Constitución del año 2009, señalan que la policía es una institución pública que se encarga de prevenir y auxiliar a las personas, cuyo objetivo primordial es el de defender la sociedad y conservar el orden público debiendo hacer cumplir las leyes; al igual que proteger la integridad física de los ciudadanos y la seguridad ciudadana. 2.2. CÓDIGO PENAL BOLIVIANO El Código Penal vigente desde el 6 de agosto de 1972, supera ampliamente los moldes arcaicos de Código Santa Cruz de 1834, está inspirado en los principios de la Escuela Clásica: libre albedrío como base de la imputabilidad, los delitos son entes jurídicos y la pena es un castigo. Toda la legislación penal moderna se funda en las concesiones y principios que caracterizan a la política criminal; entonces es así que el delito es un fenómeno social que tiene motivaciones internas y externas, el cual surge a la vida por un impulso de factores. El delincuente como protagonista de un hecho delictivo ya no es ignorado por la codificación.
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw