Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
135 registro del lugar y cosas materiales; a pesar de estas, no se menciona lo que es la fotografía del lugar del hecho, el dibujo o croquis que se realiza, los métodos de búsqueda de los investigadores, como debe ser el envasado, rotulado y etiquetado de las evidencias. • El mismo artículo (174 C.P.P.) establece en su parágrafo quinto, que es el fiscal quien debe concurrir y dirigir la investigación en el lugar del hecho, y solo en casos de urgencia no irá. Sin embargo, en la práctica, solo asiste en los casos considerados graves o de gran impacto social como el terrorismo. Existiendo por tanto, contradicción en cuanto a la presencia del fiscal en el lugar del hecho, la norma estipula que sólo en casos urgentes puede no asistir y en la realidad, sólo asiste en casos de mucha gravedad, esto último también los diferentes investigadores de la División Escena del Crimen de la FELCC lo confirman. • El Artículo 295 del C.P.P., del Num. 5) al 12), señala algunas facultades de los miembros de la policía como ser: vigilar y proteger el lugar de los hechos, con el fin de evitar la perdida de indicios y/o evidencias, cosa que casi no se realiza por la falta de ballas protectoras, por falta de recursos económicos y materiales; también menciona le levantamiento de planos, fotografías y videos, pero no especifica que clase de fotografías deben ser tomadas en un lugar del hecho. c) Desde el punto de vista del estudio al marco referencial de la FELCC • La Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen es el organismo especializado de la policía nacional, encargado de la prevención e
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