Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

W. Agustín Zambrana Arze- LA PRENDA DENTRO DEL CONTRATO DE CRÉDITO 21 “También se suele clasificar a los hechos jurídicos humanos como voluntarios e involuntarios, lícitos e ilícitos según sean o no conforme a la Ley; a su vez, los hechos ilícitos se clasifican en delitos y cuasidelitos”. 7 1.1.2.- Actos jurídicos. Un “acto jurídico” es aquella situación jurídica en donde la voluntad de la persona es esencial; es por ello que se dice que todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son o constituyen actos jurídicos; dicho de otro modo, “es la manifestación externa de voluntad hecha con la intención de crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones”. 8 El acto jurídico es una muestra exclusiva de la conducta humana que, de manera voluntaria, expresa un acuerdo de voluntades con otro similar humano. El ejemplo más claro de un acto jurídico es el contrato, en el cual dos o más partes de manera libre, voluntaria y sin vicio de consentimiento alguno intervienen en la formación de una situación jurídica. 9 El jurista español Antonio Fernández Gil dice que el objeto del acto jurídico es la prestación, a cuya caracterización cooperan dos factores. Uno de ellos constante, que es el comportamiento del deudor; otro variable, que puede o no concurrir, las cosas. Cuando la obligación consiste en dar o entregar una cosa, ésta, aunque no integre por sí sola el objeto, forma parte de él. En otras palabras, la prestación, que siempre es conducta, puede o no estar referida a las cosas. Si va referida a ellas, como en las prestaciones de dar, aquéllas se incorporan al objeto. Si no va referida a las cosas, como en las prestaciones de hacer, es sólo 7 Carlos, ROJAS: “Concepto de validez del acto jurídico”. Editorial Mizrachi & Pujol. Ciudad de Panamá, República de Panamá. S/Editorial. 2006. Pág. 115. 8 http://html.rincondelvago.com/actos-juridicos.html. 9 Carlos, ROJAS. Op. Cit. Pág. 113.

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