Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
W. Agustín Zambrana Arze- LA PRENDA DENTRO DEL CONTRATO DE CRÉDITO 165 están determinadas en la Ley de Registro promulgada en 1966 por el presidente interino don Clemente Yerovi Indaburu, que los ha dotado con total autonomía económica en su funcionamiento, asumiendo el registrador responsabilidades patronales respecto de sus empleados. La dependencia de los Registros Mercantiles y de la Propiedad a la Función Judicial está determinada por la Ley Orgánica de la Función Judicial, Art. 23º que dice: “Son atribuciones y deberes de las Cortes Superiores: 10º.- Nombrar registradores de la propiedad y mercantiles, notarios…”, etc. y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Judicatura, que tiene, entre otras funciones, la de imponer sanciones disciplinarias, así como también separación por causas de incapacidad e inhabilidad, a registradores (de la propiedad y mercantiles) en los casos previstos por la Ley. El sistema registral ecuatoriano es documental, por basarse los asientos registrales en documento escrito; tiene carácter constitutivo, porque crea derechos y obligaciones, pero la inscripción no subsana los errores anteriores, como en otras legislaciones. La actividad registral mercantil en el Ecuador, aunque independiente, estuvo inicialmente vinculada a la actividad registral hipotecaria. Por eso he creído necesario hacer una síntesis de la EVOLUCION DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES EN LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. Por disposición emanada de Simón Bolívar, en 1826, cuando el territorio de la Audiencia de Quito formaba parte de Colombia la Grande, se crearon en el territorio de Colombia las Cortes y los registros de la Propiedad, entre otros, los de Guayaquil, Quito y Cuenca. No funcionaron en ellos los registros mercantiles, en su lugar, debido a la necesidad de registrar la pertenencia al gremio de comerciantes, con el transcurso de la República del Ecuador y el desarrollo de las legislaciones, se institucionalizó el Registro Público de Comercio, proveniente del Derecho Español, y basado en las antiguas matrículas de comerciantes, registro
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