Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
W. Agustín Zambrana Arze- LA PRENDA DENTRO DEL CONTRATO DE CRÉDITO 161 ANEXO III LA PRENDA EN EL CÓDIGO DE COMERCIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA LIBRO PRIMERO-DE LAS PERSONAS DEL COMERCIO TÍTULO I DE LOS COMERCIANTES Art. 8º.- La Ley declara actos de comercio en general: 10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial. TÍTULO II Art. 281º.- No están comprendidas en las disposiciones del Art. 279º las anticipaciones que se hagan sobre efectos consignados por una persona residente en el mismo domicilio del comisionista. Se considerarán como préstamos con prenda, si se verifican las circunstancias establecidas en el título: "De la prenda". TÍTULO IX DE LA PRENDA Art. 580º.- El contrato de prenda comercial es aquel por el cual el deudor o un tercero a su nombre, entrega al acreedor una cosa mueble, en seguridad y garantía de una operación comercial.
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