Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

W. Agustín Zambrana Arze- LA PRENDA DENTRO DEL CONTRATO DE CRÉDITO 131 Para facilitar los derechos del propietario, el acreedor queda obligado a depositar las acciones u optar otro procedimiento que garantice los derechos de aquél”. 220 4.3.3.- Otras prendas. En varias legislaciones sudamericanas, como la brasilera y argentina, las respectivas leyes del Mercado de Valores establecen regímenes especiales para la prenda de valores escriturales; la constitución de derechos reales u otra clase de gravámenes sobre valores escriturales deberá inscribirse en la cuenta correspondiente; el derecho real será oponible a terceros desde el momento de su inscripción en el registro correspondiente. En lo que respecta a prendas en leyes de propiedad industrial, la prenda de registros de marcas debe inscribirse en el registro o Dirección de Propiedad Industrial. 220 Código de Comercio, Art. 274º.

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