Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

51 otras formas de explotación sexual como la pornografía o el turismo sexual entre otras. La trata sexual es la que se induce a cometer un acto sexual comercial mediante la fuerza, el fraude o la coerción, o en el que la persona inducida a cometer un acto tal no ha llegado a los 18 años de edad. • Reclutar, dar refugio, transportar, aprovisionar u obtener de una persona trabajo servicios, mediante el uso de la fuerza, el fraude o la coerción, con el propósito de sujetar a servidumbre involuntaria, trabajo forzado en pago de deudas o esclavitud. • Cuando la trata de las personas, en especial de los niños, niñas o adolescentes se lleva a cabo dentro o fuera de una ciudad o país, con o sin la autorización de los padres, apoderados o responsables, en el que pueden intervenir terceras personas. El receptor/empleador del niño o niña se beneficia a través de una o varias de las siguientes formas de abuso o explotación: • Persuadiendo u obligando al niño, niña o adolescente a realizar cualquier trabajo en lugares que puedan atentar contra su dignidad como aquellos contemplados en el Cáp. II Art. 135 del Código Niño, Niña y Adolescente. 90 • Utilizando la sexualidad del niño, niña o adolescente para lucrar con clientes (prostitución). 90 Art. 135º (Trabajos atentatorios a la dignidad).- Son los realizados en: 1. Salas o sitios de espectáculos obscenos, talleres donde se graban, imprimen, fotografían, filman o venden material pornográfico; 2. Locales de diversión para adultos como boites, cantinas, chicherías, tabernas, salas de juegos y otras similares; 3. Propagandas, películas y vídeos que atenten contra la dignidad.

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