Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
173 4.5. LEGISLACIÓN DE PARAGUAY El 22 de septiembre de 2004, el Gobierno del Paraguay ratificó el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, (Protocolo de Palermo). La Constitución Nacional del Paraguay 189 Art. 129 Trata de personas : El que mediante fuerza, amenaza de mal considerable o engaño, condujera a otra persona fuera del territorio nacional o la introdujera en el mismo y, utilizando su indefensión la indujera a la prostitución, será castigado con pena privativa de libertad de hasta seis años. (1992) prescribe la trata de personas, la esclavitud y otras servidumbres Art. 10 de igual manera el Código Penal (1998) tipifica la trata de personas vinculada a la explotación sexual, exclusivamente en su Capitulo V, Hechos Punible Contra la Autonomía Sexual. 4.5.1. Código Penal del Paraguay Cuando el autor actuara comercialmente o como miembro de una banda que se ha formado para la realización de hechos señalados en el inciso anterior, se aplicará lo dispuesto en los artículos 57 y 91”. 4.5.2. Mesa Interinstitucional para la Prevención y Combate a la Trata de Personas en la República del Paragua y 190 En el año 2004, se ha convoca a las Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales, Organizaciones de la Sociedad Civil, relacionadas a los Derechos Humanos en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores 189 Constitución Nacional del Paraguay Artículo 10 - DE LA PROSCRIPCIÓN DE LA ESCLAVITUD Y OTRAS SERVIDUMBRES Están proscritas la esclavitud, las servidumbres personales y la trata de personas. La ley podrá establecer cargas sociales en favor del Estado 190 Delegación de la República del Paraguay. Encuentro Regional de Trata de Personas en La Paz, Bolivia 30 y 31 de mayo de 2007.
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw