Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Debido al escaso crecimiento económico y poca repercusión que sus miembros producen con excepción a Venezuela, el ALBA se proyecta más bien como un proyecto de mayor relevancia política que económica, prueba de ello es su protagonismo en discusiones de índole ideológicas y la escasa participación comercial que han obtenido los países que la conforman, en comparación a otros esquemas como es la CAN o el MERCOSUR que muestran un aumento en su comercio y producción. 2.2. Normativa Interna 2.2.1. Constitución Política del Estado La Constitución Política del Estado, como Ley fundamental del ordenamiento jurídico nacional, proporciona las directrices para la validación de un tratado, tal es el caso del Art. 59 numeral decimosegundo y Art. 96 numeral segundo que se encuentra vinculados, debido a que en primer lugar es facultad del Poder Legislativo el decidir si se aprueba un tratado o no, en razón a que la soberanía del Estado reside en el pueblo y el pueblo a su vez concede a los parlamentarios total poder para decidir en bien de todos. Pero el Presidente de la República también juega un rol importante en los tratados, porque es este el que negocia los tratados y también los concluye, pero con la debida ratificación del Congreso. Ahora bien, en caso de duda es plena facultad del Tribuna Constitucional, el determinar si es constitucional o no algún tratado o convenio según el Art. 120 numeral noveno.

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