Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
conferencias donde los países participantes acreditan a los representantes. De la Constitución respectiva de cada país, será quien declare que individuos serán los encargados de llevar a cabo la negociación, es decir un miembro del Poder Ejecutivo o un miembro del Parlamento o una combinación de ambos, pero en general estos sujetos son los representantes respaldados por los Estados y reciben el nombre de plenipotenciarios. 2. Redacción. Una vez que se haya negociado todo lo deseado por las partes, los frutos de aquella discusión se lo redacta para que de esta manera se pueda exigir su cumplimiento. El problema surge cuando los países que participan en la redacción tienen idiomas diferentes, donde lo usual es que dicha redacción sea hecha en todos los idiomas de los países participantes, en lenguas de mayor aceptación, en dos o más lenguas o redactarlo en una única lengua. 3. Firma. En este punto las partes hacen constar su participación a través de la firma, pero lo que en realidad le da el carácter obligatorio al documento es la ratificación. Muchas veces suele pasar que los representantes no firman tales documentos debido a que no se tiene plena certeza de la aprobación del gobierno que designa al diplomático. También suele darse el caso en que se introduce media firma o simplemente abreviatura de la
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