Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

En tal sentido se puede observar que el Derecho internacional público introduce una serie de pasos y secuencias a seguir dentro de la normativa interestatal, reglamentando el correcto proceder ante cualquier disyuntiva y controversia suscitada entre países, con el fin único de brindar una pacifica salida y satisfacción a los involucrados. Se debe entender que como toda ciencia dinámica, el Derecho internacional no permanece ausente de este calificativo, por lo que exige que todos los involucrados sea cual sea su naturaleza: Estados, países, organismos, sujetos particulares, etc. deban buscar un mayor grado de investigación y profundidad para que exista un real aporte y este a su vez se transforme en una mayor y más eficiente atención al individuo. 1.1.3. Fuentes Benadava 6 hace referencia a las fuentes del Derecho Internacional tomando la siguiente clasificación: Los Tratados o Convenciones Internacionales. De manera general se puede afirmar que un tratado es un acuerdo celebrado entre Estados y que se encuentran regidos por el Derecho internacional, de igual manera los tratados vienen a constituirse como la manifestación de la voluntad por parte de los contratantes. La Costumbre Internacional. La costumbre es un proceso evolutivo y gradual que desemboca en la formación de reglas, por lo que no puede ser comparado con el tratado, debido a que este último es un acto consciente donde se conocen los alcances y se fijan los parámetros y por lo tanto no puede ser encajonado a un acuerdo. 6 Santiago, BENADAVA: Derecho Internacional Público. 4ª. Ed. Universitaria S.A. Chile. 1993. pp. 43-60.

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