Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Leasing – Una Alternativa Financiera Poco Implementada Dentro del Contexto Nacional 45 más no cuando este es simbólico esto es, $us. 10 o Bs. 76. Como acostumbran algunas empresas de Leasing en nuestro medio. Tal como se estableció en su momento, la presencia de la cláusula de opción de compra a favor de la empresa usuaria en el contenido del contrato de Leasing es esencial, pues se emendara que de esa manera su propia función queda configurada. Diciendo que es esencial su presencia, no su ejercicio, ya que se debe tener muy en cuenta que al optar por la compra del bien es un derecho potestativo de la usuaria, más no una obligación. 1.4.9.1.2. DEVOLUCIÓN DEL BIEN La segunda alternativa que le brinda el Leasing a la usuaria es la de devolver el bien a la empresa de Leasing una vez cumplido el plazo estipulado. Se trataría de una consecuencia lógica y natural de la terminación de la relación contractual. Sin embargo, esta devolución del bien, a diferencia de otros contratos. presenta algunos matices en el Leasing. Se acostumbra, por ejemplo. estipular Que en caso de devolución del bien la empresa de Leasing lo venderá al mejor postor. El producto o precio obtenido de esa venta se compara con el valor residual fijado en el propio contrato y la diferencia será a favor o a cargo de la usuaria; es decir, si el precio de venta es mayor que el valor residual, el excedente es reembolsado a la usuaria; en cambio, si es menor, la usuaria está en la obligación de hacer efectiva la diferencia. La intención de la empresa de Leasing, como se puede advertir no es recobrar el bien. Como algunos piensan, sino procurarse el pago del valor residual pactado, el que podrá venir del
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw