Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Tesis de Grado - Derecho período, podrá optar por la devolución del bien, concertar un nuevo contrato o adquirir los bienes por un valor residual preestablecido". 1.4.7.2. POR LA NATURALEZA DEL BIEN En doctrina es común la clasificación del Leasing atendiendo a la calidad de bienes que son materia del contrato. Así se hace referencia al Leasing sobre bienes muebles, más conocido como Leasing mobiliario, y al Leasing sobre inmuebles, o simplemente Leasing inmobiliario 38 . 1.4.7.2.1. LEASING MOBILIARIO Es aquel contrato celebrado entre una empresa de Leasing y una usuaria, en el que la primera se obliga a adquirir y luego ceder el uso de un bien mueble elegido previamente por la segunda, por un plazo determinado, a cambio del pago de un canon periódico como contraprestación y finalizado el cual la usuaria puede adquirir el bien, previo pago del valor residual pactado, celebrar un nuevo contrato o devolverlo. 1.4.7.2.2. LEASING INMOBILIARIO Es un contrato en virtud del cual una parte (el inversor o cedente en Leasing) se obliga a adquirir o construir un inmueble de conformidad con los proyectos y directivas de las otra parte (explotador o adquirente en Leasing) y darlo en uso a la otra parte por un largo período de tiempo, mientras que el usuario se obliga a pagar al concedente una indemnización calculada de acuerdo al capital invertido. 38 José LEYNA SAAVEDRA: Op.cit. p. 6
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