Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
- 175 - transferencias, manejo de tesorería, apertura de cuentas fiscales, recaudación de tributos o aportes provisionales y cambio de moneda). Muy en relación a la Ley Propiedad Crédito Popular, se emiten las siguientes disposiciones: Existe un creciente interés por normar a las entidades financieras no reguladas, aún cuando estas no estén obligadas al control y la fiscalización de la Superintendecia de Bancos y Entidades Financieras. Entre los criterios que giran en torno a esta idea, están proteger los ahorros del público, al mismo tiempo que lograr una competencia en igualdad de condiciones entre todas las entidades del sistema siguiendo criterios similares de prudencia financiera, previniendo los problemas del sobre endeudamiento con la integración de información a centrales de riesgo. Es en este marco que debe situarse el D.S. N° 25703 del 14 de marzo de 2000 que reglamenta el funcionamiento de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Cerradas, las cuales a partir del decreto adquieren dos denominaciones posibles, Cooperativas de Vínculo Laboral y Cooperativas Comunales. Dentro del marco de las medidas que se toman para superar la crisis económica por la que atraviesa el país, con la Ley N° 2064 de Reactivación Económica del 3 de abril de 2000, se determina que NAFIBO y FONDESIF canalizarán créditos a pequeños productores a través de entidades financieras reguladas y no reguladas, con recursos provenientes de la venta de las acciones del Estado en NAFIBO SAM. De manera complementaria, con el D.S. N° 25951 del 20 de octubre de 2000, se constituye el Fondo de Garantía de Créditos y Reconversión Estructural a favor de pequeños productores y empresas privadas, mecanismo también a cargo de NAFIBO y FONDESIF. El 21 de octubre de 2000, mediante D.S. N° 25959, se norman las actividades de arrendamiento financiero mobiliario e inmobiliario.
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