Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

85 La ley 1760 se ocupa del régimen jurídico de la Asistencia Familiar, como se indica, en la Sección I que lleva como título “Del Proceso por Audiencia para la fijación de Asistencia Familiar” y que comprende desde los Arts. 61 hasta el 74. 2.2.1. El proceso de Asistencia Familiar como un proceso no dispositivo 164 El principio esencial del proceso civil es el de oportunidad y sus consecuencias, principalmente el principio dispositivo. Los dos so manifestación de la autonomía de la voluntad que está en la base del derecho privado y de la existencia en éste de verdaderos derechos subjetivos, el principio no puede ser aplicable cuando se trata de la aplicación de normas imperativas aunque sean de derecho privado. Cuando se trata de normas sustantivas que Configuran situaciones jurídicas en las que los particulares, sino la aplicación en sus exactos términos de esas normas, el principio dispositivo no puede ser ya determinante del proceso; como no puede decirse que se aplique plenamente el principio de necesidad, se habla comúnmente de procesos no dispositivos. Retrata de la capacidad de las personas, filiación, paternidad y maternidad, nulidad, separación y divorcio y los relativos a menores. Sobre estos procesos habrá de atender sus especialidades propias, pero es necesario antes dejar establecidas sus características generales lo que los hace diferentes de los procesos dispositivos. 164 Juan, MONTERO AROCA et al : Derecho Jurisdiccional. Tomo II. 9ª ed. Tirant lo Blanch. Valencia – España. 2000. p. 716.

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