Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

79 2.1.3. Principios del procedimiento Entre los principios del procedimiento se encuentra al principio de oralidad y el principio de escritura estudiaremos sólo los concernientes al tema en estudio. 2.1.3.1. Principio de escritura 156 Al principio de la historia de la humanidad, la palabra hablada era la única forma de comunicación existente, de ahí que la oralidad, por supuesto bajo la influencia de aquella época, se levantaba como el primer sistema procesal. Sin embargo, con el desarrollo de la escritura, el proceso escrito nace del derecho romano-canónico y común, que se formó en Italia y se difundió por Europa desde el siglo XII. El autor Mauro Capelletti 157 , descubre las debilidades del sistema escrito a través de sus características esenciales, principio de mediación y principio de dispersión. a) Principio de mediación: una consecuencia del predominio absoluto de la escritura, es precisamente la falta de mediación del juez con relación a los otros sujetos del proceso. En este principio, se considera que la presencia del juez es irrelevante, por que todos los actos quedan por escritos, y por ende surge la práctica, en no pocos países, que son terceras personas las encargadas de recibir la prueba testimonial, como sucede en Bolivia con la recepción de la prueba de testigos por medio de los llamados “amanuences” 158 , quienes obviamente carecen de potestad jurisdiccional. 156 Gerardo, PARAJELES VINDAS: La Oralidad y el Moderno Proceso Civil Boliviano. s/e. Sucre- Bolivia. 1998. pp.29-30. 157 Mauro, CAPELLETTI: La oralidad y las pruebas en el Proceso Civil. Jurídicas Europa- América. Buenos Aires – Argentina. 1972. pp. 34 -35. 158 Se entiende por amanuences aquella persona que tenía por oficio copiar escritos, pasarlos a limpio o escribir al dictado. [En línea]. Disponible en la pág. Web: http://www.diccionarios.com/consultas.php (Consultado: 20/07/07).

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