Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

66 situaciones sociales que el estado pretende sostener, pues son bases de su política respecto de la sociedad. Por esta razón son muy comunes en derecho del trabajo y derecho de familia. Las presunciones legales a su vez se dividen en dos grupos: “iuris el de iure” (que no admiten prueba en contrario) y “iuris tantum” (que si admiten prueba en contrario) b) Judiciales. Son las que el juez establece por el examen de los indicios sobre la base de su ciencia y conciencia. Estas presunciones son las que se tratan en la sentencia. Estas presunciones no están establecidas en la ley constituirán prueba cuando se funden en hechos reales y probados y cuando por su numero, precisión, gravedad y concordancia, produjeren convicción según la naturaleza del juicio, de conformidad con las reglas de la sana crítica. 1.5. LA CARGA DE LA PRUEBA Couture 135 define la carga de la prueba, en un sentido estrictamente procesal, conducta impuesta a uno o a ambos litigantes. Para que acrediten la verdad de los hechos enunciados por ellos. Ortells 136 indica en este tema un doble sentido de la carga de la prueba: en sentido formal y en sentido material. Carga de la prueba en sentido formal, significa quién tiene en un proceso la situación subjetiva adecuada para provocar que en él se practique prueba. En un proceso civil quien responda al principio de aportación de parte de esa carga la tienen las partes. 135 Eduardo J., COUTURE. Op. cit. p. 241. 136 Manuel, ORTELLS RAMOS et al . Op. cit. 407.

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