Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
167 El juez no es aquella persona encargada de aplicar estricta y automáticamente la letra de la ley, si no más bien para definir la independencia de los jueces en el ejercicio de la función jurisdiccional, se utiliza la siguiente frase: “A I´audience, leer parole est libre”, (en sala de audiencia la palabra de los magistrados es libre), no es para confundir la libertad del juez como libre albedrío. En la vinculación del juez a la ley, por su parte se postula frente al legislador, la cual posee una legitimidad política o de “origen”, los jueces tan sólo tienen legitimidad “técnica” o de “oficio”, es decir; que su actuación será aceptable en la medida en que pueda verse como la exacta aplicación de la ley. Estrechamente conectada con la vinculación de la ley, se postula la independencia judicial, principio que se pretende garantizar que los jueces puedan actuar libremente, por eso la independencia judicial se aclara ante todo en la libertad interpretativa de los jueces: la interpretación de la ley no puede estar influida por instancias externas al propio juzgador 287 . En realidad independencia del juez y vinculación a la ley son el anverso y el reverso de una misma medalla, pues si la vinculación a la ley requiere que los jueces sean independientes, también es claro que la mayor independencia se cifra en la exacta aplicación de la ley. Por eso puede decirse que los principios de vinculación a la ley e independencia judicial postulan el ejercicio de la función de juzgar conforme a parámetros jurídicos preconstituidos, o si se quiere, la ausencia de razones extrajurídicas (políticas, ideológicas, etc.) como fundamento de sus decisiones 288 . Derecho Privado. Num. 25 Enero- abril- 1998. [En línea]. Disponible en la Pág. Web: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.htm?r=revdpriv&n=25 (Consultado: 12/05/07) 287 María GASCON ABELLAN et al : La argumentación en el Derecho. Palestra. Lima- Perú 2003.p. 18. 288 Ibidem.
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