Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

160 “Las reglas de la sana crítica, no son otras que las que prescribe la lógica y derivan de la experiencia, las primeras con carácter permanente y las segundas, variables en el tiempo y en el espacio” 266 . Las reglas del correcto entendimiento humano; contingentes y variables con relación a la experiencia del tiempo y del lugar; pero estables y permanentes en cuanto a los principios lógicos en que debe apoyarse la sentencia 267 . Para Falcón 268 la sana crítica significa la apreciación científica con bases de la experiencia y en el método inductivo de razonamiento. El mismo autor define desde dos puntos de vista uno genérico natural y otro doctrinal. Desde el punto de vista genérico natural define a la sana crítica como: “el conjunto de preceptos o reglas para juzgar la verdad de las cosas, libre de error o de vicio”. Desde el punto de vista doctrinal considera la sana crítica define como “reglas del correcto entendimiento humano”, constituida en sentido formal “por una operación lógica”, en síntesis “la lógica y la experiencia”. Víctor de Santos 269 por su parte define a la sana crítica como a la “remisión a criterios de lógica y de experiencia, por acto valorativo del juez”. La sana crítica consiste en que la operación intelectual de apreciación de la prueba se realiza con arreglos a los métodos de razonamiento ordinarios para llegar a conclusiones de convicción acerca de determinados datos. 266 Hugo, ALSINA; Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial. Trivium S.A. Buenos Aires – Argentina. 1956 citado por Joel, GONZALES CASTILLO: La Fundamentación de las Sentencias y la Sana Crítica. [En línea]. Disponible en la Pág. Web: http://www.todoiure.com.ar/monografías/mono/procesal/Sistemas para apreciar la prueba.htm (Consultado: 10/04/07). 267 Eduardo J, COUTURE: Op. cit. p. 270. 268 Enrique M., FALCON. Op. cit. pp. 328-329. 269 Víctor, DE SANTOS. Op. cit. p. 613.

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