Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
150 las pruebas aportadas, por las partes en el proceso de Asistencia Familiar, debe ser profunda por la relevancia que tiene la misma para esclarecer los hechos y de esta manera poder fijar un monto acorde a la realidad y necesidad de quien la solicita. Se establecerán definiciones que algunos autores les otorgan, para poder hacer un análisis profundo y de esta manera conocer en que sistemas se basa el juez para dictar una sentencia correcta, donde pueda satisfacer con las expectativas del interés público. Establecido el resultado de cada fuente-medio, el paso siguiente ha de consistir en determinar el valor concreto que debe atribuirse al mismo en la producción de certeza, lo que comporta una decisión sobre su credibilidad. Se trata ahora de decidir si el testigo merece crédito y puede concluirse que ha dicho la verdad, si el documento es público y representa fielmente los hechos tal y como se produjeron, si el perito es creíble y sus razonamientos están apoyados en la lógica. Cuando un testigo afirma ante el juez que presenció el desarrollo de un hecho y lo explica con sus palabras, el juez puede quedar en dudas respeto de dos facetas distintas: 1) puede dudar, sobre lo que el testigo ha querido decir, sobre lo que significan las palabras, sobre lo que significan las expresiones emitidas por aquel, 2) puede dudar, sobre si lo dicho por el testigo se corresponde objetivamente con la realidad de los hechos tal y como efectivamente ocurrieron 237 . Se entiende como valoración, ponerle precio, apreciar las pruebas aportadas al final del proceso 238 . Valoración o apreciación de la prueba es la operación intelectual que realiza el juzgador para determinar la eficacia de los medios de prueba practicados 237 Juan, MONTERO AROCA: La Prueba en el Proceso Civil. Op. cit. p. 416. 238 Enrique M., FALCON. Op. cit. p. 327.
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