Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
121 subsanados en el proceso, o bien la inexistencia de vicios que produzcan indefensiones a las partes o produzcan violación al debido proceso. En todo caso, es importante que esa parte de la sentencia, el juez hará un resumen de lo que es objeto de decisión para que en el apartado denominado “considerandos”, se elabore lo relacionado con la prueba evacuada, diligenciada, y que sea de relevancia para la decisión y la búsqueda de la verdad real. El análisis relacionado con el objeto de prueba, exige un examen de descripción del juez del contenido de la prueba confesional o declaración de partes, según sea el caso. A continuación un análisis sobre la prueba las pruebas valoradas del juez: Deberá indicar en primer orden la incorporación de aquella prueba documental en la audiencia o admitida en la demanda. Para ello, bastará con indicar la foja donde la misma se pueda ubicar. La elaboración del hecho tenido como demostrado, exige que en fundamento de ello, el juez indique la prueba que tiene como soporte de su valoración, lo hará al final del hecho como demostrado y podrá consignarlo entre paréntesis. Cuando se establece un hecho demostrado con fundamento en prueba testimonial, es importante establecer la declaración que el juez ha tomado en cuenta para determinar el hecho como demostrado. Contenido de la prueba, se refiere entonces a la lista de los hechos tenidos como demostrados e indemostrados (probados o improbados). Sin embargo el análisis de la prueba no termina en esta etapa sino que debe proseguir con la tarea del juez de establecer lo que se llama análisis de prueba. Una vez que el juez ha determinado los hechos demostrados, o indemostrados, probados o no probados, deberá a continuación proceder a dar valor y a establecer la fundamentación para la aplicación del derecho. Esta labor es la más importante, y un elenco de hechos demostrados o no demostrados en
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw