Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

53 En el subtítulo siguiente se describirá que es el consejo de vigilancia, sus atribuciones y también las funciones que ejercen. 1.9. Consejo de Vigilancia “El consejo de vigilancia es el órgano de control y fiscalización permanente del manejo económico-financiero, legal, administrativo y funcionamiento de la cooperativa; vela porque el consejo de administración y las asociadas y asociados cumplan con la normativa vigente, el presente estatuto orgánicos y sus reglamentos.” (AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE COOPERATIVAS, 2016) En resumen, el consejo de vigilancia es la unidad de apoyo de la asamblea general y esta se encarga de vigilar de que el consejo de administración este cumpliendo con las funciones otorgadas. 1.9.1. Atribuciones y funciones del consejo de vigilancia Además de las establecidas en el artículo 45 numeral III del D.S. N°1995, son funciones y atribuciones del consejo de vigilancia las siguientes: (AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE COOPERATIVAS, 2016) A) Controlar y fiscalizar las inversiones y el manejo de los recursos económicos y financieros de COSMOL R.L. B) Pronunciar dictamen de observación sobre los actos, resoluciones e informes del consejo de administración en el plazo de tres días de tomar conocimiento de los mismos, sin suspender los efectos del acto. C) Examinar los libros y documentos de registros contables y cuidar que la contabilidad este al día, pudiendo realizar arqueos de caja e inventarios vía auditoria interna.

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