Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
39 • Por interferir en la instalación, mantenimiento y operación de los elementos de las conexiones que deben ser controladas exclusivamente por el personal de la Empresa. • Por comercializar el agua sin tener autorización para ello. • Por permitir o ejecutar derivaciones o prolongaciones hacia otros inmuebles, sin conocimiento o autorización escrita de la Empresa. • Por consumir agua o utilizar el servicio de alcantarillado sin autorización de la Empresa. • Por interconectar las tuberías atendidas por la Empresa a cualquier otra fuente de agua sin autorización previa de la Empresa. • Por realizar modificaciones en las instalaciones de agua o alcantarillado sin autorización previa de la Empresa. • Por no efectuar las reparaciones o modificaciones intradomiciliarias ordenadas por la Empresa. • Por no permitir la realización de obras en las instalaciones externas de agua potable y alcantarillado dispuestas por la Empresa. • Por daños morales o materiales causados intencionalmente a la Empresa. • Por negarse a recibir o acusar recibo de notificaciones enviadas por la Empresa.
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