Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

37  Que se constituyan sobre la base del porcentaje promedio de créditos incobrables justificados y reales de la tres (3) últimas gestiones con relación al monto de créditos existentes al final de cada gestión, es decir, que será igual a la suma de créditos incobrables reales de los tres (3) últimos años multiplicada por cien (100) y dividido por la suma de los saldos de créditos al final de cada una de las últimas tres (3) gestiones. Fuente: Elaboración Propia en Base a Juan Funes Orellana, Pág. V.19 La suma a deducir en cada gestión será el resultado de multiplicar dicho promedio por el saldo de crédito existente al finalizar la gestión. Fuente: Elaboración Propia en Base a Juan Funes Orellana, Pág. V. 19 1.4. Sanciones de servicios públicos A seguir se describe que son las sanciones de servicios: Figura N°3: Determinación del porcentaje promedio % Promedio= X 100 QUEBRANTOS (CREDITOS INCOBRABLES) REALES DE LAS TRES ÚLTIMAS SALDO DE CREDITOS DE LAS TRES ÚLTIMAS GESTIONES ∑ ∑ MONTO DEDUCIBLE EN CADA GESTION = %PROMEDIO X SALDO DE CREDITO EXISTENTE AL FINAL DE LA GESTIÓN Figura N°4: Determinación del Monto a deducir en cada gestión

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