Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

53 5.- Cualquier diferencia que surja entre la información de las facturas y la información proporcionada por el CLIENTE, no implicará el rechazo del pago de la factura por parte del AGENTE DE COBRANZA, quien no será responsable por este hecho. El AGENTE DE COBRANZA no se encargará de la validación de la información que contenga la factura. Los reclamos de los usuarios del CLIENTE que puedan generarse por las diferencias antes señaladas deberán ser atendidos directamente por el CLIENTE. 6.- El AGENTE DE COBRANZAS no será responsable por no realizar el servicio debido a falta de información imputable al CLIENTE. 7.- El CLIENTE reconoce el despliegue técnico realizado por el AGENTE DE COBRANZAS para el desarrollo de las pruebas previas a la instalación del servicio contratado, por lo que en caso desista de tomarlo por cualquier hecho atribuible al propio cliente, deberá rembolsar los gastos correspondientes a la habilitación del servicio que ascienden a la suma detallada en el tarifario vigente. SEXTA: PROCEDIMIENTOS DE COBRO El procedimiento de cobro será el siguiente: 1.- El usuario se apersonará a cancelar sus servicios con el aviso de cobranza y el AGENTE DE COBRANZA procederá a la emisión de la factura que acredita el pago del servicio 2.- El AGENTE DE COBRANZAS podrá cobrar el importe total facturado hasta el plazo que defina el CLIENTE. 3.- En caso se autorice el cobro de facturas vencidas, el AGENTE DE COBRANZA cobrara el importe que indique la última información remitida por el cliente. 4.- El AGENTE DE COBRANZA aceptara el pago de las facturas en efectivo o mediante cheque visado del mismo, a la orden del CLIENTE, debiendo anotar en el reverso del mismo el número de la factura, la oficina y la fecha en que se realizó el pago. 5.- El AGENTE DE COBRANZA deberá efectuar el cargo exacto que defina su sistema, el mismo que se encuentra conforme a la información enviada por el CLIENTE.

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