Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
13 oscura preparada debajo de las tierras, criaban culebras y serpientes ponzoñosas y otras alimañas; metían ratas grandes y pequeñas para que mordiesen y comiesen en vivo a los condenados; y si después de dos días de encierro eran sacados con vida, el Inca les concedía la libertad y perdonándolos les devolvía la honra". En términos disciplinarios, la autoridad realista adoptó medidas muy drásticas y violentas desterró, arrestó, condenó a confinamiento y trabajos forzados a unos y colgó a muchos otros (Malina, 1976). El 6 de agosto de 1825 nace la República de Bolívar que después sería modificada a Bolivia y casi un año después se establece la partida de nacimiento de la Policía Nacional en conformidad a la "Ley Reglamentaria de 24 de junio de 1826" que en su Capítulo Primero, Artículo Décimo señala: Perseguirán y prenderán a los inquietos, ladrones y escandalosos que perviertan las costumbres y turben el orden. En las cárceles de esta época no existía ningún procedimiento de observación y clasificación de los reos, lo que ocasionaba excesos y enfrentamientos, el 29 de enero de 1830, se estableció que la cárcel de deudores sea separada y distinta de la de delincuentes ya que no era justo que las mujeres en especial, se mezclen por motivo de deuda con los malhechores, en un mismo sitio y se declara que mientras se establece una cárcel privativa para los deudores, los hombres deben ser recluidos en los cuarteles de gendarmes y las mujeres en caso de hospicio. (…) En relación al sistema carcelario del país, es que tuvo que transcurrir bastante tiempo para que el Estado expidiera una Ley Reglamentaria, que disponga leyes, normas y reglamentos precisos en relación al estado de las cárceles y la población penal. En una de sus disposiciones más importante, establece que no se puede incomunicar sin causal a los reos, los mismos que deben gozar de amplias libertades de trato y palabra, excepto cuando existan faltas graves y contravenciones al reglamento interno, más adelante puntualiza; que para no desvincular al reo con el mundo exterior se le permitirá la visita periódica de parientes, familiares y demás personas conocidas, previo control respectivo de la policía. 1.3 Antecedentes generales De acuerdo a las Reglas Penitenciarias Europeas, a través del consejo de Europa de acuerdo con el régimen penitenciario menciona que: ‗‗este régimen permitirá que todos los detenidos pasen cada día fuera de su celda tanto tiempo como sea necesario para asegurar un nivel suficiente de interacción humana y social‘‘. (p.12). La Organización Panamericana de la Salud (2020) en el contexto COVID-19 para la limpieza y desinfección en sitios de concentración de personas privadas de la libertad recomienda: Proveer estaciones de lavado de manos a los privados de libertad y al personal de los centros penitenciarios para su uso constante, realizar lavado de las manos con agua y jabón durante 40-60 segundos frecuentemente y por lo menos en los momentos críticos (antes y después de comer; antes y después de preparar comida; después de ir al baño; antes y después de realizar una tarea de limpieza; antes y después de tocar dinero), secarse las manos con una toalla de papel y usar toalla de papel para cerrar el grifo. En caso de que no se encuentre disponible ni agua ni jabón, usar solución de gel de alcohol al 70%. Así mismo, recomienda ‗‗asegurar la dotación permanentemente de agua segura, jabón, papel higiénico y papel toalla, para la higiene de manos, y pañuelos de papel para higiene respiratoria. (p.1). En relación con los servicios médicos menciona que: ‗‗todo establecimiento penitenciario dispondrá por lo menos de los servicios de un médico calificado que deberá poseer algunos conocimientos psiquiátricos. Los servicios médicos deberán organizarse íntimamente vinculados con la administración general del servicio sanitario de la comunidad o de la nación. Deberán comprender un servicio psiquiátrico para el diagnóstico y, si fuere necesario, para el tratamiento de los casos de enfermedades mentales‘‘. De igual forma, indica que: ‗‗el médico estará de velar por la salud física y mental de los reclusos. Deberá visitar diariamente a todos los reclusos enfermos, a todos los que se quejen de estar enfermos y a todos aquellos sobre los cuales se llame su atención. 2) El médico
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