Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

94 UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO Artículo 526.- Cálculo del número de ascensores.- Para el cálculo del número de ascensores, capacidad de las cabinas y velocidad, se deberá considerar lo siguiente: 1. Destino o uso del edificio. 2. Número de pisos que serán servidos. 3. Alturas: 3.1 de piso a piso, 3.2 desde el último piso de subsuelo hasta el piso superior donde llega el ascensor, 3.3 altura total. 4. Área útil de cada piso. 5. Número de ocupantes por piso. 6. Número de personas visitantes. 7. Tecnología que se empleará, especificaciones, modelo y dimensiones del ascensor. Artículo 529.- Necesidad de estacionamientos.- Es obligatorio que cada unidad edificada, sea vivienda, comercio, industria, etc., cuente con espacios suficientes que permitan cubrir las demandas de estacionamiento en función del uso y la densidad de la edificación. En Z1.1, Z1.2 y Z1.3, es obligatorio cuando: 1. La edificación tenga una superficie construida mayor a 300,00 m2. 2. El terreno donde se implante tenga un frente igual o mayor a 12,00 m. Artículo 530.- Clasificación de estacionamientos.- Los estacionamientos se clasifican según los siguientes criterios: 1. En función del tipo de servicio y propiedad: 1.1 Estacionamiento permanente privado de uso exclusivo: de propiedad privada y para uso exclusivo de propietarios, vivientes u ocupantes del inmueble, estarán ubicados en el interior del predio, en subsuelo, rasante o plantas superiores en función del proyecto; el requerimiento de la cantidad de parqueos será de acuerdo a la actividad del inmueble.

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