Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
57 UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO CAPITULO IV 4. MARCO IDEAL 4.1. NORMATIVAS CODIGO DE URBANISMO Y OBRAS – GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Artículo 213.- Zona habitacional - Z4.- Zona de uso predominantemente habitacional de diferentes tipologías, que se localizan al interior de las unidades vecinales comprendidas entre el 2º anillo y el perímetro urbano municipal. La compatibilidad de la vivienda con otros usos es de carácter complementario y tiene las restricciones enunciadas en el presente Código. 2. De alta densidad y baja ocupación - Z4.2: Zona no definida por el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, dado que es una característica que nace en los procesos de urbanización. Corresponde a manzanas de uso de vivienda multifamiliar, que se localizan en unidades vecinales que reúnan las condiciones técnicas de infraestructura de servicios públicos. Se implementa en manzanas enteras con superficie mínima de 6.000,00 m2, en relaciones directas con la estructura vial principal, radiales o anillos de la ciudad; el ancho de las vías adyacentes a la manzana no podrá ser inferior a 16,00 m. Esta zona podrá ser implementada por intervenciones privadas o formar parte de planes de zonificación distrital. Artículo 225.- Conectividad del sistema vial.- El sistema vial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra toma en cuenta la escala urbana, permitiendo la conectividad de los escalones urbanos a nivel metropolitano. Artículo 241.- Plazas y plazuelas.- Son espacios públicos de aproximadamente 1,00 ha. o de superficies menores, destinados a actividades sociales, culturales, cívicas y otras. En ellos se permite la implementación de mobiliario urbano, áreas verdes, senderos o circulaciones peatonales.
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