Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
109 UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO Artículo 597.- Mantenimiento de las instalaciones contra incendios.- Las instalaciones contra incendios deberá ser mantenido en perfecto estado de funcionamiento. Los órganos fiscalizadores establecidos en este Código tienen plenas facultades para clausurar cualquier edificación que contravenga esta norma, especialmente los edificios de concentración masiva. Artículo 599.- Supresión de barreras en edificios públicas y privadas.- Dando cumplimiento a lo establecido en el DS 24807, que reglamenta la Ley 1678 de la Persona con Discapacidad (PCD), se establece la prioridad de suprimir las barreras físicas en los ámbitos urbano y arquitectónico, ya sean públicos o privados, tanto en nuevas construcciones como en remodelación de edificaciones existentes, con el fin de lograr la accesibilidad de las personas con discapacidad. En toda infraestructura pública y/o privada de servicios de atención al público y en aquellas de espectáculos masivos, se exigirá el dimensionamiento de espacios apropiados a personas con discapacidad de acuerdo a normas internacionales relativas a estos requisitos, tales como accesos en rampas, tratamiento de pisos que garanticen su desplazamiento e integridad, pasamanos, disposición y equipamiento de baños especiales, alturas de interruptores, enchufes u otras instalaciones especiales, la optimización e implementación de materiales y tecnología al servicio de la arquitectura que faciliten la autonomía de acción y la seguridad de las personas con discapacidad. 1. Los espacios públicos, aceras, plazas, alamedas, pasillos, paseos lineales y otros deberán ser diseñados y ejecutados según las normas que aseguren la accesibilidad para estas personas, además de disponer elementos que brinden seguridad al peatón en el espacio público. 2. Las aceras y caminos peatonales tendrán un ancho mínimo de 1,40 m en todo su recorrido para que se permita el paso de dos personas, una de ellas en silla de ruedas, y que las juntas de piso no signifiquen un riesgo para las personas con bastón o silla de ruedas. Los desniveles de las aceras y la inclinación de las rampas tendrán un 10% de inclinación y un acabado antideslizante tal que permita la transitabilidad, utilización y seguridad.
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