Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

99 UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN PABLO Figura 21 Estacionamiento para personas con discapacidad Artículo 541.- Normas generales.- Para realizar actividades de abastecimiento, carga y descarga de materiales o insumos desde un vehículo a un área destinada a comercio, taller, industria o depósito; deberá cumplirse con las siguientes condiciones: 1. Los módulos o espacios designados para tal efecto deberán resolverse dentro del terreno, para no interferir con la circulación peatonal ni vehicular; serán de fácil visualización desde la vía pública y estar vinculados directamente con los accesos al edificio, asegurando la maniobrabilidad del vehículo. 2. Los espacios para carga y descarga de abastecimiento y maniobras deben estar señalizados y separados de los espacios destinados a parqueos de usuarios, sean administrativos, visitas o propietarios. 3. Los espacios destinados para carga y descarga deberán ubicarse en el interior del predio y el área dispuesta tendrá que estar en proporción a la actividad de la edificación. 4. Si la infraestructura es preexistente a la promulgación de la presente norma y no cuenta con el espacio apropiado para carga y descarga, se solicitará, a la Dirección de Tráfico y Transporte, permiso para ocupar eventualmente el frente del predio en los horarios admitidos. La operación de carga y descarga no debe obstruir la circulación peatonal y vehicular de la zona. 5. La municipalidad regulará días y horas permitidos, restringiendo el ingreso de vehículos de acuerdo al tonelaje de carga admitido según las diferentes zonas urbanas.

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