Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

24 Políticas publicas 1.4.1 Políticas nacionales Constitución Política del Estado Según la constitución política del estado del año 2009, en el capítulo sexto, educación, interculturalidad y derechos culturales, en la sección V, al respecto de deportes y recreación en su artículo 104 y 105 indica lo siguiente: Artículo 104 Toda persona tiene derecho al deporte, a la cultura física y a la recreación. El Estado garantiza el acceso al deporte sin distinción de género, idioma, religión, orientación política, ubicación territorial, pertenencia social, cultural o de cualquier otra índole. En este sentido, el derecho al deporte que engloba la cultura física y la de recreación, viene a constituirse en el derecho descubridor de nuevas promesas deportivas, que pueden generar muchas alegrías y diversiones de sano esparcimiento, y mucho más si para el ejercicio de este derecho en todas sus modalidades se elimina todo tipo de discriminación social Artículo 105 El Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad. (CPE 2009, pág. 26) 7 . Ley nacional del deporte (Ley N.° 804) Según la Ley Nacional del Deporte N.º 804 decretada por la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional de Bolivia en 2016: Título I: Disposiciones generales; Capítulo I: Objeto, marco constitucional, ámbito de aplicación, fines y principios: Artículo 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto regular el derecho al deporte, la cultura física y la recreación deportiva, en el ámbito de la jurisdicción nacional, estableciendo las normas de organización, regulación y funcionamiento del Sistema Deportivo Plurinacional. (p. 5). 7 Constitución política del estado 2009

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw