Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

18 CAPÍTULO I: FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA Y CONCEPTUALIZACIÓN 1.1 Definición 1.1.1 Centro de reintegración Según la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias un centro de reintegración social es: “un establecimiento penitenciario destinado al cumplimiento de penas privativas de libertad en régimen abierto”. De acuerdo con Plazola, vol. 9 es definido como establecimientos de ejecución de sanción privativa de la libertad, habitado por personas que han infringido la ley sujetos a procesos judiciales. Anteriormente, eran lugares de castigo, aislamiento, ocio y represión. En la actualidad, la finalidad de un centro de reclusión es la readaptación basada en el trabajo del interno. Por otro lado, El Código Niña, Niño y Adolescente lo define como instituciones de interés público destinadas al cumplimiento de las medidas socio-educativas impuestas por la Jueza o Juez Público en materia de niñez y adolescencia (Art. 77). Un centro de reintegración social, lugar de ejecución de la pena, es a la vez lugar de observación de los individuos castigados. (Reinserción Social de Adolescentes Infractores, 2004) Para Giovanni Carmignani, el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió, no se hace con el ánimo de tomar una venganza, sino prevenir que, en un futuro, no se realicen otros delitos semejantes (Elementos de Derecho Criminal, 2009). 1.1.2 Reintegración social De acuerdo con Elba Cruz, (2012): La reintegración social de los menores infractores a la sociedad es un hecho seguro porque están en una época de su vida en la que, así como son vulnerables a lo negativo, también pueden ser sensibles a diferentes estímulos educativos, con deporte y cultura; debe saber que tiene otras opciones, así como proyectos de trabajo, en fin, que sepan que tienen alternativas para un futuro de bienestar para ellos y, por ende, para nuestra sociedad. (Cruz, 2012, p.2) La reintegración social también se refiere a reincorporar a la sociedad a las personas que cumplieron una condena en prisión y que ahora se encuentran en libertad . En este caso, el Estado debe facilitar el acceso al empleo para minimizar la posibilidad de que los individuos caigan en la reincidencia y vuelvan a delinquir (Pérez y Merino, 2014).

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