Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
27 Figura 08: "Latomia" (Tullianium), Antigua Roma Fuente: https://gladiatrixenlaarena.blogspot.com Durante la edad media el pensamiento arquitectónico crea y diseña cárcel exclusiva para aquellos que cometían algún delito o falta. Los gobernantes eran los árbitros que imponían la pena de cárcel en función del status social de la persona, eso sí, una condena podía ser suprimida a cambio de una contraprestación económica. La iglesia también hizo buen (o mal, según se mire) uso de la cárcel, inicialmente destinada a los religiosos considerados “rebeldes”, y más tarde, a los seglares condenados por herejía. Aparece como pena del Derecho canónico destinada a los clérigos que hubieran infringido reglas eclesiásticas y a los herejes y delincuentes juzgados por la jurisdicción canónica. El objetivo de esta pena es el arrepentimiento del culpable y tiene el carácter de penitencia (Eugenio Cuello Calón, 1968, p.302). Este periodo fue el punto de arranque del concepto penitenciaría y de la prisión como pena privativa de la libertad y de su concepción reformadora. El Derecho laico no empleó la cárcel como pena, sino como medio para la custodia de los delincuentes hasta la imposición de la pena a que fueron condenados (azotes, mutilación, muerte, etc.). Se encerraba al reo sin preocupación alguna por su higiene personal ni moral, se aprovechaban los calabozos y estancias de los palacios y fortalezas. Algunos autores señalan que el sistema de prisión más antiguo conocido, como lugar destinado al cumplimiento de una pena, es la construida por el rey Enrique II de Inglaterra en el año 1166, en Claredon, y recordemos también la célebre Bastilla, así como la Torre de Londres. y la Torre de Temple, en París, el asilo de alienados de Bicetre, la Salpretriere, el Palacio Ducal). El castigo asumió la forma de castigo-suplicio, equivalente al castigo-cuerpo donde el dolor no es complemento de la pena, sino que constituye la pena misma; es su
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