Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
62 Cuadro 10: Condiciones legales TOMO III Titulo Capitulo Artículo N° Página I Principios y requisitos básicos de edificación Capítulo I, Principios de funcionalidad, seguridad, habitabilidad y sustentabilidad ambiental Artículo 352.- Seguridad p. 4 Artículo 353.- Principios para garantizar la seguridad y el bienestar p. 4 Articulo 354.-Funcionalidad p. 4 II Normas de edificación en relación a la vía publica Capítulo V, De la arborización Artículo 373.- Preservación de árboles en propiedades particulares p. 10 IV Normas comunes a toda edificación Capítulo VII, Estacionamientos según el uso de la edificación Artículo 529.- Necesidad de estacionamientos p. 74 Artículo 531.- Dimensiones mínimas p.76 Artículo 531.- Dimensiones mínimas Capitulo IX, Sanitarios según el uso de la edificación Artículo 544, Condiciones de espacio para residuos sólidos p.85 Fuente: CUO, 2015 Con el fin del lograr la accesibilidad para las personas con discapacidad, se establece la prioridad de suprimir las barreras físicas en los ámbitos urbano y arquitectónico, ya sean públicos o privados, tanto en nuevas construcciones como en remodelación de edificaciones existentes. El C.U.O (2015) indica lo siguiente en cuanto la normativa de accesibilidad: En toda infraestructura pública y/o privada de servicios de atención al público y en aquellas de espectáculos masivos, se exigirá el dimensionamiento de espacios apropiados a personas con discapacidad de acuerdo a normas internacionales relativas a estos requisitos, tales como accesos en rampas, tratamiento de pisos que garanticen su desplazamiento e integridad, pasamanos, disposición y equipamiento de baños especiales, alturas de interruptores, enchufes u otras instalaciones especiales, la optimización e implementación de materiales y tecnología al servicio de la arquitectura que faciliten la autonomía de acción y la seguridad de las personas con discapacidad. (p.102) Con referente al estacionamiento público, el artículo 540 dice lo siguiente: Todo edificio de estacionamiento, cualquiera sea su tipología, debe cumplir con lo establecido en el reglamento para la integración de personas con discapacidad, y el estacionamiento respectivo deberá estar debidamente señalado con el logotipo internacional que lo identifica. En estacionamiento público o privado con capacidad de hasta 30 vehículos, es obligatorio disponer al menos de un espacio de parqueo para personas
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