Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
53 Rampas adecuadas- Pendiente longitud en función de la extensión Accesibilidad de las personas con discapacidad al medio físico - Edificios y espacios urbanos - Servicios sanitarios accesibles OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN.- Esta norma establece las dimensiones mínimas y las características generales que deben cumplir los servicios sanitarios accesibles en los edificios públicos y privados y en los espacios urbanos. 3.3. APARATOS SANITARIOS.- 3.3.1. INODORO.- 3.3.1.1. ESPACIO DE TRANSFERENCIA LATERAL.- Se debe disponer de un espacio lateral al inodoro, de dimensiones mínimas 1,20 m por 0,80 m con una altura mínima libre de 2,20 m, con una puerta de ancho no menor a 90 cm y barras de apoyo tubulares adecuadamente instaladas, que posibilite la transferencia de la persona con discapacidad al aparato sanitario En caso de existir más de un servicio sanitario accesible, se recomienda que el espacio de transferencia se coloque de forma alternada a la derecha y a la izquierda. 3.3.1.2. ASIENTO.- El asiento de los inodoros debe estar colocado a una altura comprendida entre 48 cm y 50 cm con respecto al nivel de piso terminado (véase la figura 2). Cuando los usuarios sean niños o personas de baja estatura, el asiento del inodoro debe estar colocado a una altura comprendida entre 30 cm y 35 cm con respecto al nivel de piso terminado. 3.3.1.3. VÁLVULA DE DESCARGA.- La válvula de descarga debe estar colocada a una altura máxima de 1,10 m con respecto al nivel de piso terminado. Debe ser accionable por palanca, botón sobresaliente o en forma automática. Se recomienda la colocación frontal o lateral del accionamiento de los sistemas de descarga, en este último caso se ubicará del lado del espacio de transferencia. 3.3.1.4. DISPENSADOR DE PAPEL (PORTARROLLOS).- El dispensador de papel será de fácil alcance y manipulación y debe colocarse a alturas comprendidas entre 50 cm y 80 cm con respecto al nivel de piso terminado. Cuando los usuarios sean niños o personas de baja estatura, el dispensador de papel debe colocarse a una altura máxima de 50 cm con respecto al nivel de piso terminado. 3.3.1.5. AGARRADERAS.- Las agarraderas deben cumplir lo establecido en la norma NB 1220003.
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