Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
88 terreno. En edificios multifamiliares, comerciales o de oficinas se deberá considerar la ubicación de las canastillas a una distancia no menor de 5,00 m de los espacios de primera categoría en planta baja, evitando obstaculizar la circulación peatonal. Se exigirán las medidas de mantenimiento y limpieza en favor de la salud y del medio ambiente, en orden a la normativa municipal y nacional vigente. Artículo 386.- Caseta de seguridad y/o cajero automático.- Estos están permitidos cuando se integren a la barda, al cierre frontal o formen parte del pórtico de ingreso, sin invadir la acera, su superficie no deberá exceder los 4,00 m2. En las avenidas, radiales y/o anillos, donde el retiro se obliga como espacio integrado a la vía pública, las casetas de seguridad y/o cajeros automáticos deberán implementarse integrados a la estructura principal de la edificación respetando las restricciones propias del área de retiro. Artículo 388.- Estacionamiento en Retiro Frontal Obligatorio.- En edificaciones multifamiliares, de comercios y/o servicios,el estacionamiento sin cubierta podrá ocupar como máximo un 70% del retiro, sin que se perjudique la continuidad de la acera en nivel y linealidad, debiendo dejarse el 30% del frente para jardinería, ingresos peatonales o áreas de esparcimiento. Se debe prever un retiro mínimo de 1,20 m, entre la zona de parqueo individual y la línea externa de fachada, para todos los parqueos privados de edificación multifamiliar, de comercios y/o servicios, asegurando la circulación peatonal interna si la característica del diseño, y acceso así lo exige; quedan exentos de esta disposición los parqueos eventuales (para visitas) que no cuenten con cerramiento sobre la Línea Municipal.
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